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Consulado de Colombia en San Cristóbal

Información General

"Menor"

Las personas naturales que se encuentren en el exterior y que requieran autorizar la salida del país de sus hijos menores de edad, deberán reconocer sus firmas en el permiso de salida ante cualquier consulado, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos.

  • Nombre completo del menor de edad y número de identidad.
  • Lugar de destino
  • Propósito del viaje
  • Fecha de salida y regreso al país
  • Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
  • Presentar una copia del registro civil de nacimiento del menor de edad.
  • Presentar una copia de la tarjeta de identidad (para mayores de 7 años)
  • Presentar la cédula de ciudadanía en formato vigente (amarilla con hologramas). En caso de tener contraseña presentar comprobante de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía en trámite (contraseña), con la consulta en línea de la fecha de expedición del documento, que se puede descargar a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Si el padre o la madre es extranjero deberá presentar pasaporte vigente.

Nota: Esta autenticación se requiere por cuanto la exige la Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 del 2006), y no fue derogado por el Decreto 0019 del 2012.